miércoles, 29 de junio de 2011

- TANGO -





Academia Nacional del Tango




Creada el 28 de junio de 1990, por Decreto 1235 del Poder Ejecutivo Nacional, la Academia Nacional del Tango es la decimosexta en la historia de las Academias Nacionales.

Las Academias Nacionales se vinculan con el Estado Nacional a través del Ministerio de Educación y la Secretaría de Cultura de la Nación. ...

La Academia Nacional del Tango de la República Argentina se presentó el 29 de junio de 1990 en el Salón Dorado del Teatro Colón, a las siete y media de la tarde, siendo el poeta Horacio Ferrer su creador y primer presidente. La actividad inicial fue la instalación del Primer Consejo Directivo y la entrega de diplomas a los cuarenta miembros del Cuadro de Académicos de Honor y a los cuarenta miembros del Cuadro de Académicos Titulares.

“Que el Tango como arte musical, coreográfico, poético e interpretativo, lleva un siglo de vigencia inalterable como expresión auténtica y profunda del pueblo argentino.”

“Que esta vigencia creadora del Tango está en no menos de cincuenta mil (50.000) obras compuestas, editadas y estrenadas y que existen, desde fines del siglo XIX, más de cincuenta mil versiones grabadas de dichas obras en diversos soportes fonográficos, cinematográficos y de otro tipo en la República Argentina y en todo el mundo.”

“Que dicha creación del Tango ha representado, como pocas artes nacionales y desde principios de este siglo, a la República Argentina en todo el mundo.”

“Que es de toda justicia que el Estado le otorgue la significación que corresponde a esta manifestación cultural, ratificando el amor y la adhesión plena que nuestro pueblo naturalmente le concede.”

“Que dicho patrimonio artístico nacional debe ser recopilado, ordenado, estudiado y salvado definitivamente de toda posibilidad de pérdida o destrucción.”

“Que las tradiciones atesoradas por el tango deben ser preservadas, objeto de docencia, de estímulo a nuevas creaciones y ser definidas nacional e internacionalmente, todo ello de manera orgánica.”

“Que estos propósitos podrán se completa y finalmente satisfechos con la creación de la Academia Nacional del Tango de la República Argentina que podrá cumplir con estos y otros objetivos, dentro del régimen de funcionamiento fijado por los artículos 1, 2 y 3 del Decreto Ley Nº 4362 del 30 de noviembre de 1955 y sus modificaciones.”

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